Comunicado: Operación de los servicios de tren a partir del 16 de marzo

Queremos informar que en cumplimiento al Decreto Supremo N° 044-2020-PCM emitido hoy por el Gobierno declarando Estado de Emergencia Nacional por 15 días calendario como medida preventiva ante el brote del COVID-19 (coronavirus) en diferentes ciudades del país, disponiendo el aislamiento social obligatorio y la limitación al ejercicio de la libertad de tránsito de las personas, nos vemos en la obligación de informar sobre la operación de trenes de acuerdo al siguiente detalle:

SERVICIOS DE TRENES TURÍSTICOS:

 ● El lunes 16 de marzo la operación de los servicios de trenes turísticos se realizará solamente en la ruta Machupicchu – Ollantaytambo, con el objetivo de garantizar la salida de turistas extranjeros y nacionales que se encuentran actualmente en el distrito de Machupicchu para que puedan retornar a sus hogares (no aplicará servicio bimodal). Asimismo, la operación en la ruta Ollantaytambo – Machupicchu no operará.

 ● A partir del martes 17 de marzo, se suspenden todas las operaciones de los servicios turísticos en la ruta Ollantaytambo – Machupicchu – Ollantaytambo, en el plazo establecido por el Decreto Supremo de 15 días.

PERURAIL TITICACA Y BELMOND ANDEAN EXPLORER:

● Lunes 16, los dos trenes se desplazarán hacia Cusco, para facilitar el tránsito de los turistas hacia el aeropuerto y facilitar su retorno hacia sus lugares de procedencia.

● De igual forma a partir del martes 17 de marzo se suspenden las operaciones del servicio PeruRail Titicaca en la ruta Cusco -Puno -Cusco y del Belmond Andean Explorer en la ruta Cusco – Puno – Arequipa y viceversa.

SERVICIO TREN LOCAL:

● El Tren Local continuará operando por tratarse del único medio de transporte público en la zona, a fin de seguir garantizando a los pobladores residentes de Machupicchu y comunidades el desarrollo de las actividades permitidas por el Decreto Supremo como el abastecimiento de alimentos y medicinas, así como el acceso a servicios de salud, banca y otros bienes esenciales establecidos en la norma.

 ● En ese sentido, las boleterías de las estaciones de San Pedro y Ollantaytambo, así como la Boletería Local de Machupicchu continuarán brindando atención a los pobladores del distrito de Machupicchu y las comunidades que hacen uso del Tren Local para trasladarse a sus hogares.

● Cualquier modificación en el servicio local se comunicará de manera oportuna.

 SERVICIOS DE CARGA Y EQUIPAJE:

Los servicios de Carga y Equipaje continuarán atendiendo para garantizar el abastecimiento de alimentos y otros productos necesarios en cumplimiento a lo estipulado en el Decreto Supremo.

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